Santo Domingo. – Atendiendo al llamado de diversos sectores de la sociedad civil, el periodismo, la academia y otros gremios, fue sometido ante el Congreso Nacional un proyecto de ley orgánica que modifica los artículos 208, 310 y 315 de la Ley núm. 74-25, Código Penal de la República Dominicana, con miras a fortalecer las garantías constitucionales de la libertad de expresión, prensa y crítica ciudadana.
Proyecto 1: Modificación de los artículos 208, 310 y 315 (libertad de expresión)
La propuesta adiciona un principio de interpretación restrictiva en favor de la libertad de expresión y reforma los tipos penales de:
• Difamación (art. 208): Se exige que el hecho imputado sea falso, se incorpora la protección a la crítica y el periodismo de interés público (estándar similar a la “real malicia”) y se elimina la prisión, dejando únicamente sanción de multa.
• Ultraje a la autoridad (art. 310): Se circunscribe el tipo a amenazas graves o actos de intimidación contra funcionarios, excluyendo expresamente la crítica, la protesta pacífica y el periodismo.
• Desacato (art. 315): Se limita a amenazas, violencia o incumplimiento deliberado de mandatos judiciales o legislativos, excluyendo de forma expresa la sátira, la opinión política y la denuncia ciudadana.
El objetivo es adecuar estas figuras a los principios de legalidad, taxatividad, proporcionalidad e intervención mínima.
Proyecto 2: Iniciativa de respaldo — ampliación de la vacatio legis
De no prosperar en tiempo oportuno el proyecto anterior, se ha preparado como medida de contingencia un segundo anteproyecto que modifica el artículo 393 de la Ley núm. 74-25 para ampliar su vacatio legis por 6 meses adicionales. Esta extensión busca garantizar el tiempo necesario para introducir los ajustes constitucionales pendientes en defensa de los derechos de los ciudadanos, así como una adecuada preparación institucional del Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensa Pública y demás actores del sistema de justicia, antes de la entrada en vigor del nuevo Código Penal.
Ambas iniciativas responden a un mismo propósito: asegurar que la reforma penal entre en aplicación de forma compatible con la Constitución, la seguridad jurídica y la protección efectiva de los derechos ciudadanos.
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